
INCENTIVOS A LA INVERSIÓN EN CANARIAS
Ø ZONA FRANCA DE TENERIFE
Una Zona Franca es un destino aduanero, esto, una de las opciones a la cual, en cualquier momento y en las condiciones establecidas, una mercancía puede acceder independientemente de su naturaleza, cantidad origen o procedencia y destino.
Los objetivos que se persiguen con el establecimiento de la Zona Franca son básicamente los siguientes:
· La promoción de las actividades de comercio exterior.
· La aplicación de formalidades aduaneras reducidas en comparación con las requeridas en las demás partes del territorio aduanero o comunitario.
· Reducción al mínimo de las medidas de control en el interior de dichas zonas y ejercicio de las medidas de vigilancia en los límites exteriores (no incluidas en el caso de una zona franca de tipo II, es decir, abierta).
· Dar cabida a todo tipo de mercancías ya sean comunitarias o no comunitarias, pudiéndose habilitar locales especiales para aquellas mercancías que supongan algún peligro o puedan alterar a otras.
En enero de 2006 el Ministerio de Economía y Hacienda autorizaba la constitución de una Zona Franca de control tipo II en el puerto de Santa Cruz de Tenerife y el futuro Puerto de Granadilla, a través de la Orden EHA/93/2006, de 18 de enero. Posteriormente se aprobaban los Estatutos del Consorcio y el Reglamento de Régimen Interior para la gestión y explotación de la misma.
Por tanto, la Zona Franca tiene su ubicación en el Puerto de Santa Cruz de Tenerife y en el futuro Puerto de Granadilla y al ser del tipo II, no requiere de un perímetro físico cercado obligatorio como en las zonas francas tradicionales, denominadas de control de tipo I. Permitirá, entre otras muchas ventajas, que la mercancía que se introduzca en dichos puertos sea considerada a efectos fiscales fuera del territorio comunitario.
En definitiva, la Zona Franca de Tenerife actuará como agente dinamizador de la actividad económica de nuestra Provincia, ya que hay que tener en cuenta que además de los incentivos comunes con las demás zonas francas aprobadas en nuestro país, la de Tenerife goza de una serie de ventajas especiales.
Las empresas que se instalen en esta Zona podrán beneficiarse de una exención o tratamiento diferido de impuestos, y podrán utilizar las instalaciones tanto para el almacenaje como para las operaciones de perfeccionamiento. Los inversores que busquen condiciones privilegiadas para sus negocios tendrán la oportunidad de beneficiarse de un régimen económico que les proporcionará una considerable reducción de costes para las empresas, además de agilidad en los trámites e impulso a las exportaciones.